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Titulo:CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS PERSONAS FÍSICAS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES INTERESADAS EN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA INTEGRAR EL PADRÓN DE TESTIGOS SOCIALES DEL CJF, 2022
Fecha: 2022-11-03   
Fuente: http://www.cjf.gob.mx

La Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, con base en lo dispuesto por los artículos 107 fracciones V, VII y IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 107 fracciones XII y XXVIII del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; 2 fracción CLXXIII, 254, 255, 256, 257 y 257 Ter del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo y considerando que: 1. La transparencia y la rendición de cuentas son principios fundamentales en la visión del Estado contemporáneo. Su instauración se alinea con los propósitos de modernización del Estado Mexicano, al propiciar una participación permanente de la sociedad civil y eliminar la opacidad que obstaculiza el escrutinio del adecuado uso de los recursos públicos. En este contexto, el testigo social es uno de los mecanismos que ha contribuido a dar mayor fortaleza a la instrumentación de estas políticas públicas. 2. Fortalecer la adecuada realización de los procedimientos de contratación, a efecto de asegurar su transparencia y legalidad a través de diversos mecanismos, incluye la participación de testigos sociales profesionales, imparciales y objetivos, cuyo proceso de designación y retribución también se encuentre bajo los más rigurosos estándares de transparencia, lo que permitirá alcanzar las mejores condiciones en los procedimientos de contratación del Consejo de la Judicatura Federal. 3. En el ámbito del Poder Judicial de la Federación y en particular en el Consejo de la Judicatura Federal, la figura del testigo social se define por el artículo 2 fracción CLXXIII del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, como “Las organizaciones no gubernamentales y las personas físicas que cuenten con el registro correspondiente ante el Consejo y que, de conformidad con el presente acuerdo, participan con derecho a voz en todas las etapas de los procedimientos de contratación, desde su inicio hasta la formal terminación del contrato.”… R6wJh6wTTf08tcWSPM8pjMYP24iJZaFf4KZu9wO3Bg0= 2 4. La actuación del testigo social en el marco del fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas dentro del Consejo de la Judicatura Federal, comprende su participación en los procedimientos de adjudicación; mantener la confidencialidad respecto de la información de la que tenga conocimiento por su participación en todas las etapas del procedimiento; informar de manera inmediata a la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal en el caso de detectar alguna inconsistencia dentro de cualquiera de las etapas del procedimiento de contratación o de los actos previos a dicho procedimiento en los que participe; proponer al Consejo de la Judicatura Federal mejoras para fortalecer la transparencia e imparcialidad en los procedimientos; y, emitir informes parciales y testimonio final de manera integral respecto del procedimiento de contratación en que su participación haya sido requerida, con responsabilidad, objetividad, independencia, imparcialidad, honestidad y ética. 5. Corresponde a la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal la determinación de registrar en el padrón público de testigos sociales del Consejo de la Judicatura Federal a las personas físicas y organizaciones no gubernamentales que, previa acreditación de los requisitos establecidos en el Acuerdo referido, sean seleccionados mediante convocatoria pública emitida por este órgano de control a través del portal del Consejo de la Judicatura Federal y de diarios de circulación nacional. 6. La integración y actualización de un Padrón de Testigos Sociales es un imperativo establecido por la normativa que rige al Consejo de la Judicatura Federal, razón por la cual es necesario que la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, como órgano competente, instrumente los procedimientos y los medios para materializar estas medidas, y con ello, fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en la actividad administrativa del Consejo de la Judicatura Federal, contando con la presencia de la sociedad civil como aliada en esta tarea. Por lo expuesto, se emite la siguiente: R6wJh6wTTf08tcWSPM8pjMYP24iJZaFf4KZu9wO3Bg0= 3 CONVOCATORIA Dirigida a todas las personas físicas y organizaciones no gubernamentales (personas morales) interesadas en participar en el proceso de selección para integrar el padrón de testigos sociales del Consejo de la Judicatura Federal en las especialidades de actuaría, administración, contaduría, derecho, economía, ingeniería en sistemas, medicina, arquitectura, ingeniería civil, seguridad, adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, así como en procedimientos de contratación pública en materias afines a las del Consejo de la Judicatura Federal, que reúnan los requisitos y documentación que se precisan en esta convocatoria y en los artículos 255, 256 y 257 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, de conformidad con las presentes: BASES Primera. - Ser persona ciudadana mexicana en ejercicio de sus derechos o extranjera cuya condición migratoria le permita participar en este proceso. En el caso de tratarse de una organización no gubernamental, acreditar fehacientemente que se encuentra constituida conforme a las disposiciones legales aplicables y que no persigue fines de lucro. Contar cuando menos con tres miembros que acrediten experiencia profesional en el ámbito de las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Los miembros de dichas personas morales no deberán encontrarse registradas como testigos sociales en el padrón de testigos sociales del Consejo de la Judicatura Federal. Segunda. - No contar con sentencia ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad. Tercera. - No ser servidora o servidor público en activo en los Estados Unidos Mexicanos o en el extranjero. Asimismo, no haberlo sido durante al menos un año previo a la fecha en que se presente su solicitud. Cuarta. - No haber sido sancionada como persona servidora pública o como particular, por autoridad competente. Quinta. - Contar con experiencia laboral de cuando menos tres años en materias afines a las contrataciones del Consejo de la Judicatura Federal. R6wJh6wTTf08tcWSPM8pjMYP24iJZaFf4KZu9wO3Bg0= 4 Sexta. – No tener como antecedente la cancelación firme de su registro como testigo social ante la Secretaría de la Función Pública o cualquier ente público o Poder, salvo que dicha cancelación hubiere derivado de la voluntad del testigo social. Séptima. - Para acreditar los anteriores requisitos, las personas interesadas deberán presentar la siguiente documentación: a). Solicitud por escrito, debidamente signada por el representante legal en caso de las personas morales o directamente por la persona interesada, en donde manifieste su interés de ser inscrito en el padrón de testigos sociales y, bajo protesta de decir verdad que cumplirá con las disposiciones establecidas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo y en general en las leyes, acuerdos y normas que lo regulan. b). En el caso de personas físicas, copia certificada del acta de nacimiento o carta de naturalización y, en el caso de personas extranjeras el documento migratorio emitido conforme a las disposiciones legales aplicables. c). En el caso de personas morales, copia certificada de las escrituras públicas en las que conste su acta constitutiva y sus modificaciones. d). Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no ser persona servidora pública en activo en el país o en el extranjero, y no haberlo sido durante al menos un año previo a la fecha en que se presente la solicitud. e). Copias certificadas de las constancias de no existencia de sanción emitidas por el Consejo de la Judicatura Federal y la Secretaría de la Función Pública, en las que se señale no haber sido sancionada, como persona servidora pública o como particular, en materia de responsabilidad administrativa. f) Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que no ha sido sancionada como persona servidora pública en otros Poderes o entes públicos de carácter federal o local, o en el extranjero. g). Currículum vitae con fotografía, actualizado y firmado, en el que se indiquen grados académicos, especialidad técnica y experiencia de cuando menos tres años en materias afines a las contrataciones públicas reguladas por el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, así como cursos de capacitación relacionados con las materias a atestiguar, acompañando las constancias correspondientes que lo acrediten, incluyendo cédula profesional, títulos, diplomas y reconocimientos académicos y profesionales recibidos, R6wJh6wTTf08tcWSPM8pjMYP24iJZaFf4KZu9wO3Bg0= 5 detallando, en su caso, los atestiguamientos en que ha participado. Asimismo, deberá precisar su domicilio social, teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico para efectuar notificaciones. h). Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que se abstendrá de participar en procedimientos de contratación en los que existan o puedan existir conflictos de intereses. Dicha manifestación deberá expresar a detalle los vínculos que pudieren hacer incompatible su función como testigo social. i). Presentar manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de que no participa de manera directa o indirecta en cualquier litigio o procedimiento administrativo o judicial en contra del Consejo de la Judicatura Federal. j). Presentar carta de argumentación sobre cómo sus competencias profesionales, experiencia y reconocimientos, lo habilitan para desempeñar las funciones de testigo social en la materia propuesta. k). Presentar escrito, bajo protesta de decir verdad, de que tiene conocimiento de la legislación y normatividad aplicables a los procedimientos de contratación en el Consejo. l). Presentar escrito, bajo protesta de decir verdad, de que tiene conocimiento de las funciones que debe y está dispuesta a desempeñar como testigo social. Octava. - Las personas físicas o morales extranjeras deberán presentar la documentación generada en el extranjero debidamente legalizada o apostillada, por parte de la autoridad competente en el país de que se trate, misma que tendrá que presentarse redactada en español o acompañada de la traducción correspondiente. Novena. - Las personas morales deberán estar constituidas conforme a las disposiciones legales aplicables, no perseguir fines de lucro, ni de proselitismo partidista, político electoral o religioso y no estar conformadas por otras personas morales. Asimismo, presentarán respecto de las personas físicas que en su nombre participen como testigo social, los requisitos establecidos para las personas físicas en esta convocatoria. Además del cumplimiento en lo individual de lo señalado en el párrafo anterior, la persona representante de una persona moral deberá presentar la siguiente documentación: R6wJh6wTTf08tcWSPM8pjMYP24iJZaFf4KZu9wO3Bg0= 6 a). Exhibir acta constitutiva b). Exhibir Poder general para actos de dominio y/o administración o documento emitido por quien tenga la facultad de designar al representante de dicha persona moral para la participación en el procedimiento. c). Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal de la persona moral solicitante. d). Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no tener conflicto de intereses ni algún vínculo con persona servidora pública del Consejo de la Judicatura Federal o alguno de los participantes que pudiera beneficiarse con dicha contratación, y que en caso de existir un conflicto de intereses su representante legal lo informará a la persona titular de la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, a efecto de que se tomen las medidas pertinentes, y e). Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no tener relación con organizaciones o partidos políticos. Décima. - En los casos en que alguna de las constancias requeridas se encuentre en trámite por la persona interesada, deberá adjuntar al escrito de solicitud, copia simple del acuse de recibo o del documento que haga patente esta situación. Décima primera. - Las personas interesadas podrán remitir su documentación por correo electrónico con firma FIREL o electrónica a la dirección de correo uci.ccjf@correo.cjf.gob.mx o, en su caso, por correo certificado o empresa de mensajería. Décima segunda. - El domicilio para entrega de la documentación o para efectos de remisión postal o a través de empresa de mensajería, es: Pico de Tolima No. 29, Piso 5, Col. Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. De manera personal podrán entregarse los documentos en la Oficialía de Partes ubicada en la planta baja del edificio. Décima tercera. - La documentación antes referida y los anexos correspondientes deberán presentarse debidamente foliados y firmados. Será bajo la estricta responsabilidad de las personas interesadas presentar documentos válidos y vigentes; en caso de documentos que resulten falsos o alterados, las personas interesadas serán descalificadas, con independencia de las consecuencias legales de orden administrativo y penal que correspondan conforme a las disposiciones legales aplicables. R6wJh6wTTf08tcWSPM8pjMYP24iJZaFf4KZu9wO3Bg0= 7 Décima cuarta. - En los casos en que a juicio de la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal alguno de los documentos requeridos presente deficiencias, no se considere idóneo o se omita su entrega, se hará del conocimiento de la persona interesada en un término no mayor a cinco días hábiles a partir de la fecha en que conste el acuse de recepción de la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, por vía postal, empresa de mensajería o mediante correo electrónico. Décima quinta. - Las fechas de presentación de la documentación serán los días 11, 14, 15, 16 y 17 de noviembre de 2022; aquellas solicitudes presentadas extemporáneamente no participarán en el proceso de selección. Décima sexta. - En el caso de presentarse la documentación por Oficialía de Partes, el horario de recepción será de 9:00 a 15:00 horas. Décima séptima. - El registro de las personas físicas y morales que formen parte del padrón de testigos sociales del Consejo de la Judicatura Federal, tendrá una vigencia de tres años, a partir de la fecha de expedición de su constancia y podrá ampliarse hasta por tres periodos similares, a solicitud del propio testigo social, tomando en cuenta la evaluación del testigo social, siempre y cuando continúe cumpliendo con los requisitos para fungir como tal. Lo anterior, con fundamento en el artículo 257 Ter párrafo séptimo del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo. Décima octava. - La interpretación de las disposiciones de esta Convocatoria y del marco jurídico relacionado con la misma, así como los casos no previstos en el presente instrumento, serán resueltos por la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, la cual evaluará el cumplimiento de los requisitos para la integración del padrón en forma permanente. La presente Convocatoria se expide y firma por la Maestra Arely Gómez González, Contralora del Consejo de la Judicatura Federal, en la Ciudad de México, el 27 de octubre de dos mil veintidós. Maestra Arely Gómez González Contralora del Consejo de la Judicatura Federal.




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