Baner administrativa historia mision mision autoridades administrativa posgrado inicio
 Hoy es: Lunes, 6 de Mayo de 2024










Titulo:LA PRIMERA SALA SOBRESEE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL PROMOVIDA POR EL BANCO DE MÉXICO EN CONTRA DE LA DINÁMICA EMPLEADA EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE 2022 PARA CALCULAR LA REMUNERACIÓN DE LOS DIVERSOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FEDERACIÓN
Fecha: 2022-08-19   
Fuente: http://www.scjn.gob.mx


 



La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Banco de México en la que demandó la invalidez de los artículos 13 y 14, así como los anexos 23.1.2 y 23.1.3, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2022, relativas a la determinación de la remuneración máxima que sirve de referente para establecer la de los demás servidores públicos.



En efecto, el Banco de México consideraba que el parámetro de cálculo previsto en el presupuesto mencionado es incierto e indeterminable, lo que imposibilita a la Junta de Gobierno del Banco Central cumplir con sus atribuciones y, en general, invade su esfera competencial.



En su fallo, la Sala consideró procedente sobreseer la controversia debido a que el Banco de México no acreditó un interés legítimo para impugnar el Presupuesto aludido, al no advertirse alguna afectación en su esfera competencial, autonomía institucional y derechos humanos de sus trabajadores.



Lo anterior, debido a la existencia de la medida cautelar dictada en la diversa controversia constitucional 77/2021, promovida por ese mismo organismo en contra de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual se encuentra pendiente de resolución.



Ello es así, pues la medida cautelar referida fue concedida para el efecto de que las remuneraciones que percibieran sus servidores públicos en el ejercicio fiscal dos mil veintiuno y hasta en tanto se resuelva la controversia de origen, no fueran fijadas en términos de la Ley Federal citada, sino exclusivamente por lo dispuesto en el artículo 127 Constitucional y el marco legal aplicable expresamente al Banco de México.



De esta manera, la Sala concluyó que la afectación alegada por el Banco de México no es susceptible de actualizarse de forma real e inminente, pues con independencia de lo establecido en el Presupuesto de Egresos por la Cámara de Diputados, en términos de la suspensión que le fue concedida en contra de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, dicho organismo autónomo está en libertad de fijar internamente las remuneraciones de sus servidores públicos, tomando como parámetro lo previsto en la Constitución Federal, facultad que incluso ha ejercido su Junta de Gobierno en la aprobación del Presupuesto del Banco mencionado para su ejercicio financiero 2022 y Tabulador de remuneraciones.



Finalmente, la Primera Sala precisó que aun de levantarse la suspensión concedida, el Presupuesto del Banco para su ejercicio financiero 2022 y su tabulador de remuneraciones permanecerían vigentes hasta la conclusión del ejercicio, sin que sea posible hacerles modificación alguna en perjuicio de las personas servidoras públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Constitución Federal, el cual dispone que los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos.



Controversia constitucional 205/2021.



regresar

© Todos los Derechos Reservados Facultad de Derecho, UADY 2007. Esta página puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica, de otra forma requiere permiso previo por escrito de la institución.