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Titulo:APRUEBAN LEY DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL; AMPLÍA ALCOHOLÍMETRO Y LIMITA VELOCIDAD
Fecha: 2022-03-30   
Fuente: http://www.cronica.com.mx

ELOISA DOMINGUEZ


La Cámara de Diputados aprobó la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial que busca reducir los accidentes mortales por hechos de tránsito. El nuevo marco jurídico es motivo de una gran celebración, expresó Salomón Chertorivski, presidente de la Comisión de Movilidad en San Lázaro e impulsor de una iniciativa –destacó– de la sociedad civil y de familiares de víctimas de accidentes.


Los diputados emitieron 347 votos a favor, 26 en contra y 106 abstenciones, por lo que el dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular el proyecto que expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.


La unanimidad que obtuvo este dictamen en su votación en lo general –407 votoa a favor, cero en contra y una abstención– se rompió con la presentación de 13 reservas a diversos artículos –que la mayoría de Morena quiso aprobar– y toca al Senado discutir estas modificaciones.


"La ley general ya se votó, pero regresa al Senado con las reservas que se presentaron. Me imagino que si aquí la mayoría las votó a favor allá buscará hacer lo mismo, y con eso se publicará la ley", dijo el diputado de Movimiento Ciudadano, Salomón Chertorivski, quien aceptó que su bancada y la del PAN se manifestaron en contra y en abstención de los artículos reservados, pues había planteamientos anticonstitucionales.


Chertorivski Woldenberg expresó su alegría por haberse aprobado una de las "mejores piezas legislativas".


La ley, integrada por 82 artículos, señala los principios de movilidad y seguridad vial, jerarquía de movilidad, derechos de las víctimas de siniestros de tránsito y sus familiares, los instrumentos de política pública de movilidad y seguridad vial para la infraestructura, del tránsito, en la gestión de la demanda, la sensibilización, educación y formación en materia de movilidad y seguridad vial, distribución de competencias y coordinación, convenios de coordinación metropolitanos y la participación social de las entidades federativas, municipios, demarcaciones territoriales y zonas metropolitanas.


"Se establece que el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial será el mecanismo de coordinación entre las autoridades competentes en la materia, de los tres órdenes de gobierno, así como los sectores de la sociedad involucrados en el tema, a fin de cumplir los objetivos y principios, el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional y los instrumentos de planeación específicos".


Se define como movilidad el derecho de toda persona a trasladarse y disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías, el cual deberá contribuir al ejercicio y garantía de los demás derechos humanos, por lo que las personas serán el centro del diseño y del desarrollo de los planes, programas, estrategias y acciones.


Señala que las autoridades competentes deberán garantizar que la movilidad esté al alcance de todas las personas, en igualdad de condiciones, sin discriminación de género, edad, discapacidad o condición, a costos accesibles e información clara y oportuna, priorizando a los grupos en situación de vulnerabilidad, tanto en zonas urbanas como rurales e insulares, entre otras disposiciones.


 


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