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Titulo:EL MINISTRO PRESIDENTE LUIS MARÍA AGUILAR MORALES DEMANDÓ PARA ESTE 2018 LA PARTICIPACIÓN DE TODOS LOS CIUDADANOS DENTRO DEL MARCO DE LA LEY PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD JURÍDICA
Fecha: 2018-01-05   
Fuente: http://www.scjn.gob.mx


• Para que el Derecho sea una realidad, se necesita contar con la seguridad que permita aplicarla y por eso la ley, por su naturaleza, puede ser exigida coactivamente, sancionando al que no la cumpla, dijo al inaugurar el Primer Periodo de Sesiones de la SCJN 2018. 



• Mencionó que hasta este momento no han sido presentadas ante la SCJN acciones de inconstitucionalidad en contra de la recién expedida Ley de Seguridad Interior.



En el contexto del año político que inicia y al inaugurar el Primer Periodo de Sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 2018, el Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales afirmó que sin seguridad jurídica, sin la actuación de todos dentro del marco de la ley, no puede haber valores básicos que respetar. “No sería posible que la justicia exista si no hay seguridad jurídica que la proteja”.



Y explicó el también presidente del Consejo de la Judicatura Federal (CF) que para que el Derecho sea una realidad, se necesita contar con la seguridad que permita aplicarla y por eso la ley, por su naturaleza, puede ser exigida coactivamente, sancionando al que no la cumpla.



En su discurso de inauguración del Primer Periodo de Sesiones correspondiente a 2018, en el Salón de Plenos del Alto Tribunal, el Ministro Presidente manifestó que gracias a los integrantes de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, la seguridad jurídica en nuestro país, “la mejor y más protectora forma de interpretar la Constitución, así como la resolución de controversias entre autoridades, se han ampliado de manera progresiva, como en los tribunales constitucionales más importantes y de avanzada en el mundo”. 







Es, sin duda, dijo, la SCJN una institución confiable e imparcial, que colabora de manera directa con ello a la paz social. 



“Tengamos presente que todos somos servidores de la Ley Suprema, para poder ser libres. Así lo dice incluso en latín la frase en este salón de Murales de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación: para poder ser libres, para poder vivir en paz, para poder vivir en un verdadero Estado de derecho constitucional, debemos cumplir con la ley. Hagámoslo por México, todos los días, cada uno de nosotros: como funcionarios y como ciudadanos, no solo en los discursos”.



En el marco de la sesión, el Ministro Presidente solicitó a los Ministros del Alto Tribunal guardar de pie un minuto de silencio en memoria del Ministro Carlos De Silva Nava, quien falleció hoy en la mañana.



Por otro lado, el Ministro Aguilar Morales mencionó que, a pesar de que se ha señalado en los medios de comunicación que se presentarían acciones de inconstitucionalidad en contra de la recién expedida Ley de Seguridad Interior, éstas no han sido presentadas hasta este momento.



Asimismo, al hacer una reseña de los asuntos de relevancia que podrían resolverse en este primer semestre del año, el Ministro resaltó el relacionado con el hecho de si el Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones incurrió en una repetición del acto reclamado al conocer de un recurso de inconformidad.



El Pleno de la SCJN también se pronunciará, estableció, sobre la validez de la Ley Reglamentaria del Artículo Sexto, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derecho de réplica, al conocer de la Acción de Inconstitucionalidad 122/2015 y sus acumuladas, así como de un amparo en revisión.



De igual manera, sobre el alcance del fuero militar, al conocer del Amparo en Revisión 605/2014 y el diverso amparo Directo 21/2016.



Destacó las acciones de inconstitucionalidad en las que se impugnan normas locales por ser contrarias, según el argumento, a la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal.



Por último, en el ámbito municipal, expuso que la SCJN se pronunciará sobre la validez de las normas que facultan a los tribunales locales para destituir a los integrantes de un ayuntamiento por incumplimiento de sentencias.



En su momento, la Ministra Norma Piña Hernández dio cuenta del Informe de la Comisión de Receso, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones de 2017, integrada por los



Ministros José Fernando Franco González Salas, Javier Laynez Potisek, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y la propia Ministra.



Señaló que en ese periodo se recibieron 146 expedientes, los cuales se remitieron 1 a la Primera Sala, 8 a la Segunda Sala, 131 a la Subsecretaría General de Acuerdos de la SCJN y 6 a la Sección de Trámites de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad. 



Asimismo un total de 590 promociones correspondientes 72 a la Primera Sala, 59 a la Segunda Sala, 256 a la Subsecretaría General de Acuerdos de la SCJN, 83 a la Sección de Trámites de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad; 104 al Archivo del Alto Tribunal, 14 al área de Transparencia y Acceso a la Información, 1 al de Estadística Judicial y 1 a la Secretaría General. 



De la misma manera un total de 362 promociones, a través del Módulo de Intercomunicación para la Transmisión Electrónica de Documentos entre los Tribunales del Poder Judicial de la Federación y esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.





La Comisión de Receso dictó 21 acuerdos, entre los que destacó: la admisión a trámite de 5 controversias constitucionales, en la 327/2017 promovida por el Municipio Rafael Delgado, Veracruz, y en ella se concedió la suspensión para que no se interrumpiera la entrega de los recursos que por participaciones y/o aportaciones federales le correspondían. 



En los expedientes relativos a las controversias constitucionales 328/2017 promovida por los Municipios de Yecapixtla, 329/2017 y 330/2017 ambas promovidas por el Municipio de Tlaquiltenango, y 331/2017 del Municipio de Temoac, todas del Estado de Morelos, se concedió la suspensión para que no se ejecutarán los diversos acuerdos por los que se ordenó la destitución de alguno de los miembros de los ayuntamientos respectivos.



En la Controversia Constitucional 169/2017 se admitió la ampliación de demanda promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León contra diversos actos vinculados con el establecimiento del sistema local anticorrupción y se negó la suspensión solicitada.



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