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Titulo:LA CORTE INVALIDA REQUISITO PARA OCUPAR LAS TITULARIDADES DEL ARCHIVO GENERAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Y DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL CONSEJO CIUDADANO DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE JALISCO
Fecha: 2023-10-20   
Fuente: http://www.scjn.gob.mx


• El requisito previsto en las legislaciones de ambas entidades infringía los derechos de igualdad y no discriminación



El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó el artículo 10, fracción IV, de la Ley del Archivo General del Estado de Chihuahua, en el que se preveía el requisito de “no haber sido condenada por la comisión de algún delito doloso” para ocupar la dirección general de dicho órgano archivístico.



En un expediente diverso, La Corte invalidó la fracción V, del artículo 218 bis, de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco, en el que se preveía el requisito de “no haber sido condenado por delito doloso”, para acceder a la titularidad de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Ciudadano de Seguridad de la referida entidad federativa.



La Corte resolvió que ambas disposiciones infringían los derechos de igualdad y no discriminación, al contener una distinción que no estaba estrechamente vinculada con los perfiles inherentes al tipo de trabajo a desempeñar, además de que no tenían una conexión directa con un fin constitucionalmente válido.



Acción de inconstitucionalidad 133/2022, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 10, fracción IV, de la Ley del Archivo General del Estado de Chihuahua, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 20 de agosto de 2022, mediante Decreto LXVII/EXLEY/0281/2022 III P. E. Ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán. Secretario: Jorge Jannu Lizárraga Delgado.



Acción de inconstitucionalidad 84/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 218 bis, fracción V, de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco, adicionado mediante Decreto 29152/LXIII/23, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 25 de febrero de 2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Alejandro Félix González Pérez.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.



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