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Titulo:COMUNICADOS DE PRENSA
Fecha: 2023-10-16   
Fuente: http://https://www.scjn.gob.mx


No. 364/2023



Ciudad de México, a 15 de octubre de 2023



UN VERDADERO RETO PRESUPUESTAL, IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO



• Así lo señaló durante su participación en las Jornadas de Introducción al Estudio del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, organizadas por la Escuela Federal de Formación Judicial



La entrada en vigor y aplicación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares cambiará el paradigma sobre la tramitación de los juicios en estas materias, porque, entre sus principios rectores de impartición de justicia, se encuentra: la oralidad, la digitalización de expedientes, comunicaciones y notificaciones electrónicas, pero el tema presupuestario, sin duda, será un verdadero reto para lograr su operatividad, afirmó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte), Jorge Mario Pardo Rebolledo.



Explicó que, a más tardar el 1 de abril de 2027, todos los juzgados del país dedicados a estos juicios deberán contar con la infraestructura, la estructura y el personal debidamente capacitado para el desahogo de las audiencias orales y, dadas las circunstancias que imperan en la actualidad, será muy complejo lograrlo.



Al participar en las Jornadas de Introducción al Estudio del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, organizadas por la Escuela Federal de Formación Judicial, el Ministro señaló que el Decreto del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado el pasado 7 de junio en el Diario Oficial de la Federación, establece que, los Poderes Judiciales, federal y estatales, deberán hacer los ajustes reglamentarios para la adopción de las mejoras en sus estructuras e infraestructuras –física y tecnológica— y de capacitación de personal, en el plazo máximo de entrada en vigor del Código y, para ello, se precisa la obligación de aprobar los recursos presupuestarios correspondientes, a efecto, de que pueda darse operatividad a la nueva norma.



El Ministro Presidente de la Primera Sala manifestó que, si bien el artículo sexto transitorio del Decreto precisa que la Cámara de Diputados contemplará en los ejercicios fiscales posteriores a la publicación del Decreto –es decir a partir del 2024— una asignación de recursos presupuestarios para el cumplimiento de lo ordenado, “siempre existe la posibilidad de que, en el siguiente ejercicio fiscal, no sólo no se aumente el presupuesto, sino que, incluso, exista una reducción, lo cual, sin duda, dificultaría todavía más el poder dar cumplimiento a lo establecido”, dijo.



También consideró que la oralidad representará un reto para los propios justiciables, pues deberán contar con abogados que estén debidamente preparados, que conozcan debidamente el Código, los recursos y sus hipótesis de procedencia y que, además, tengan las habilidades necesarias para argumentar jurídica y oralmente en el momento de las audiencias.



El ministro Pardo Rebolledo resaltó el papel de La Corte para hacer realidad esta legislación, pues, dijo, fue una sentencia de la Primera Sala la que obligó al Congreso de la Unión a aprobar la nueva norma con el objetivo de unificar, a nivel nacional, los procedimientos civiles y familiares y evitar, así, sentencias contradictorias.



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