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Titulo:PATRÓN DEBE PROBAR RAZONES DE DESPIDO EN CASO DE GRAVIDEZ: SCJN
Fecha: 2017-05-25   
Fuente: http://www.jornada.unam.mx

Ciudad de México.  La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció el criterio de que, en casos de mujeres embarazadas o en situación de post parto que fueron recontratadas “de buena fe” por su patrón, luego de denunciar despido injustificado, la carga de la prueba en caso de que la trabajadora sea nuevamente despedida, corresponderá al patrón.


 


Al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, los ministros abandonaron el criterio de que le correspondía a la trabajadora demostrar que se había quedado sin trabajo de manera injustificada, lo cual por lo regular, era prácticamente imposible.


 


En este caso, la división de criterios entre tribunales tuvo lugar después de que dos trabajadoras que demandaron ante la Junta laboral el despido injustificado, argumentando que una estaba embarazada y la otra tenía licencia posnatal.


 


Para evitar sanciones, la empresa ofreció “de buena fe” recontratar a las quejosas, por lo que la carga de la prueba de la acción recaería en las trabajadoras y no en el patrón.


 


En su argumentación, los ministros señalaron que si bien la mujer embarazada goza de ciertos derechos y prerrogativas que le reconocen la Constitución y las leyes, en realidad éstas enfrentan falta de estabilidad en el empleo, por la carga que supone para algunas empresas otorgar licencias de maternidad, postparto y lactancia.


 


Ante esta situación, la sala juzgó el asunto con perspectiva de género, lo que exige una protección particular del Estado para éste sector de la población que se encuentra en situación vulnerable.


 


Así las cosas, la sala resolvió que cuando en un juicio laboral se aduce que el despido de una trabajadora sufrió despido unilateral, no basta que el patrón ofrezca regresar el empleo durante el juicio, para quedar eximido de la obligación legal de probar la causa del despido, porque siempre estará en la posibilidad de acreditar que no fue el embarazo sino otra circunstancias, sino que tendrá que acreditar ante la autoridad laboral las razones de su decisión.


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